La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de protección presentado por los padres de un menor de cuatro años de edad, diagnosticado con atrofia muscular espinal (AME), y ordenó al Hospital Regional, al Servicio de Salud O’Higgins, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y al Ministerio de Salud, adquirir y suministrar el medicamento requerido para tratar la patología neurodegenerativa.
En el fallo unánime el Tribunal acogió la acción judicial, tras establecer el actuar arbitrario de las recurridas al denegar la adquisición del fármaco debido a su alto costo.
Señalando que “que todos los recurridos alegaron la imposibilidad de acceder al tratamiento en cuestión, por cuanto la ley 20.850, conocida como ley “Ricarte Soto”, que precisamente se refiere a la cobertura de tratamientos de alto costo, no contempla el financiamiento del medicamento Spinraza, para el tratamiento de la patología Atrofia Muscular Espinal. Precisaron que los fondos públicos para solventar estos tratamientos tienen un límite, de manera que no pueden acceder al presente financiamiento, en atención a que ello implicaría disminuir los recursos que la autoridad destinó para cubrir otras patologías, según criterios determinados por la autoridad pertinente”, expone el fallo.
Por tanto, los jueces acogieron el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fecha 25 de enero de 2019, por Diego Matías Bozo Pérez y Nicole Patricia Muñoz Ibarra, en representación de su hijo, en cuanto se ordena a todos los recurridos a adoptar, de manera urgente, todas las medidas necesarias para adquirir y suministrar al recurrente el medicamento denominado Spinraza o Nusinersen por el período de tiempo que indiquen los facultativos médicos a cargo de tratamiento del paciente, sin costas”.
