Un gran paso judicial, que sienta un precedente en la comuna, se desprende de la decisión del Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, de acoger a tramitación la demanda en juicio sumario de discriminación en contra del Municipio de Santa Cruz. La acción judicial, interpuesta por el abogado Juan José Rojas, se personaliza en la figura del Alcalde, el Administrador Municipal y el Jefe del DAEM.
La causa tiene su origen en los reiterados actos discriminatorios que afectaron a la ex jefa de Finanzas del DAEM, quien desde que asumió el actual gobierno municipal sufrió acoso laboral por el sólo hecho de venir prestando servicios desde la administración anterior.
La demanda fue acogida a tramitación el pasado 27 de enero y lo más relevante en esta etapa, es que desde ya fija un precedente, en orden de reguardar que ningún otro funcionario o funcionaria, pueda ser discriminado (a) por su procedencia laboral o política.
De acuerdo a lo señalado por el abogado Rojas, la razón de esta demanda radica en el constante acoso laboral que afectó a su defendida por parte del actual Administrador Municipal, a quien además se le siguió un procedimiento investigativo abusivo, por cuanto esa acción sólo se puede aplicar en contra de funcionarios municipales y no de trabajadores contratados por el Código del Trabajo, como es el caso de esta ex funcionaria. A ello se suma, como consta en el expediente, los reiterados malos tratos, agresiones verbales y discriminación de que fue objeto la demandante, durante todo este tiempo.
Fueron estos antecedentes, aportados a la causa, los que permitieron al Primer Juzgado de Letras de la comuna acoger a tramitación la demanda y suspender por ahora y hasta que se dicte la sentencia definitiva del juicio, el desarrollo de la investigación sumaria que el municipio estaba llevando en contra de ex jefa de Finanzas.
De igual modo, se estableció que los afectados por esta demanda, deberán entregar un informe de los hechos denunciados dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la demanda.
Vale consignar que las personas directamente responsables del acto u omisión discriminatorio, arriesgan una sanción equivalente a una multa que va de entre 5 a 50 UTM en beneficio fiscal, además que se deje sin efecto el acto discriminatorio, impidiendo que una acción de este tipo vuelva a repetirse en el futuro, lo que beneficiará a todos los funcionarios municipales y trabajadores del municipio en cuestión.
