Esta tarde de miércoles, el Instituto de Salud Pública autorizo el uso de la vacuna desarrollada por los laboratorios Pfizer y BioNTech
A las 08:30 de la mañana se reunieron 22 médicos de distintas especialidades y químicos farmacéuticos, quienes votaron de manera unánime la aprobación de la vacuna para su uso excepcional por la urgencia sanitaria. Por COVID-19.
Con la decisión adoptada, Chile se convierte así en el primer país sudamericano en aprobar la inoculación, que será aplicada a la población mayor de 16 años.
“Esta comisión de expertos se pronuncia favorablemente a la solicitud de autorización de uso excepcional por urgencia sanitaria solicitada para la vacuna BNT 162b2 presentada por Laboratorio Pfizer”, dijo Caroline Weinstein, miembro del panel.
La vacuna desarrollada por los laboratorios estadounidense Pfizer y alemán BioNTech es la primera que ha recibido la luz verde de las autoridades reguladoras en varios países.
De acuerdo con los convenios que mantiene el gobierno de Chile, con los desarrolladores de la vacuna previo a la publicación de los resultados del Laboratorio Pfizer, se espera que las primeras dosis del fármaco estén disponibles a fines del mes de diciembre.
Heriberto García Escorza, director (s) del Instituto de Salud Pública, destacó este hito al que se alcanzó en el país, indicando que este “arduo análisis” comenzó en Chile el pasado 27 de noviembre, cuando llegaron los antecedentes de Pfizer al país.
“Hoy el comité de expertos analizó materias súper relevantes, como, por ejemplo, si Chile estaba preparado o no en la logística para recibir vacunas”, indicó. “La buena noticia es que Chile sí está preparado: Chile tiene hoy día un sistema adecuado para recibir vacunas que tiene esta logística tan compleja para poder vacunar a la población”.
Además de esto, agregó, también era importante saber si Chile estaba preparado para la farmacovigilancia necesaria tras la vacunación de las personas.
“Chile está hoy a la vanguardia y estamos muy contentos con esta buena noticia”, sostuvo.
A diferencia de Estados Unidos, en Chile no se llama a esto como “aprobación de emergencia” sino “solicitud para autorización provisional”. Esto se trata de un mecanismo que está determinado en el artículo 99 del Código Sanitario y que se usa para cubrir una necesidad urgente de naturaleza colectiva, derivada de una situación de desabastecimiento o inaccesibilidad a un recurso farmacológico específico: la necesidad urgente de proteger a la población chilena frente al Covid-19.
Tras la autorización, se procede a la resolución, lo que puede demorar un par de días. Con esa resolución, el laboratorio puede hacer recién la importación de las vacunas presentando el documento ante Aduanas.
