El diputado Daniel Farcas (PPD), anunció que presentará un proyecto de ley para que se sancione a todos quienes reenvíen videos como el de ” FIfi “.
En el mentado material aparece una menor de edad teniendo sexo con otro adolescente en presencia de otros jóvenes e interactuando con ellos.
La idea es que quienes difundan el material, arriesguen “presidio mínimo, pero efectivo”, contó el parlamentario en radio Bío Bío. Esto quiere decir que pasen entre 61 a 540 días de cárcel.
Si bien está consciente de que será un delito difícil de perseguir, “afortunadamente las conductas son posibles de modificar en función de determinadas leyes”, por lo que espera que su iniciativa se convierta en “un elemento inhibitorio”, es decir, que produzca que la gente se abstenga de reenviar material sexual que podría dañar a sus protagonistas.
¿A qué penas me expongo?
Sólo lo vi, pero no lo compartí:
Aunque el artículo 374 bis condena casi todas las acciones relacionadas a la pornografía infantil, hay un elemento que no pena: sólo ver el video. Ello ocurre, por ejemplo si una persona recibió un mensaje de Whatsapp sin saber de qué se trataba, lo descargó y lo vio.
“La curiosidad es una condición inherente al ser humano, por lo tanto, si una persona recibe el mensaje y vio el video, podría no recibir condenas porque en ningún artículo está tipificado como delito visualizar eso”, asegura la abogada Fernanda Llusá.
Sin embargo, el comisario Esteban Montero afirma que hay que tener cuidado con ello. “El almacenamiento es también parte del delito”.
Por su parte la directora del Servicio Nacional de Menores, Marcela Labraña, explicó esta mañana que los mismos protagonistas la contactaron por Twitter para decirle que era una “mala idea bajar el video” y que los dejaran tener “sexo libre, que ellos saben lo que deciden, pero lo que más me llamó la atención es la insistencia en echarle la culpa a la niña, diciendo que la culpa es de ella porque se dejó grabar” y porque que ella misma lo habría subido a su perfil de Facebook, relató a CHV agregando que no tienen conciencia de “las crisis y momentos duros que vivirán a futuro”.
La directora dijo que ya se rastreó a la joven y que evalúan poner una medida de protección en su favor y recordó que el solo hecho de difundir el video es un delito, pues se trata de material pornográfico infantil. Los responsables de haber subido el video arriesgan entre tres y cinco años de cárcel. “No hay que relativizar, esto es pornografía infantil, es un delito (…) en Chile tenemos la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente a partir de los 14 años y los jóvenes se deben hacer responsables de sus acciones”, insistió.
Ante esto, nos preguntamos…
¿A qué penas se exponen a las personas que almacenan, comparten o difunden el video?
“El artículo 374 bis del Código Penal pena casi todas las acciones y verbos relacionados con la pornografía infantil: guardarla, compartirla, difundirla, etcétera”, dice el Subjefe de la brigada del Cibercrimen de lazona Metropolitana, comisario Esteban Montero.
Y según Fernanda Llusá, abogada de la Fundación Pro Bono, infringir este delito recibe una pena de “presidio menor en su grado medio a máximo”.
Esto significa que si una persona lo compartió por Facebook, Whatsapp, Twitter, o cualquier red social, se expone a una pena que implica presidio desde 541 días a 3 años y un día, si el tribunal decreta que la pena “menor en su grado medio” y de 3 a 5 años y un día, si la condena es “menor en su grado máximo
