En medio de las bajas temperaturas que afectan a la zona central del país, los apoderados suelen preocuparse por las condiciones que sus hijos tienen en los colegios. Revisa acá qué indica la normativa al respecto.
Muchos padres y apoderados se preocupan diariamente de enviar a sus hijos al colegio lo más abrigados posible para evitar que los niños se resfríen debido a las bajas temperaturas que hoy en día se deben soportar sobre todo en las mañanas.
Cabe destacar que la normativa señala que los colegios tienen la obligación de brindar cierto rango de temperatura dentro de las salas de clases para asegurar el buen aprendizaje y la salud de los estudiantes.
Según el Decreto 548, de 1989, los espacios ocupados por estudiantes, salvo baños y patios, deben contar con 15ºC en educación parvularia y hogares estudiantiles y con 12ºC en las aulas de educación básica y media. Como referencia, Unesco indica que un espacio templado está en el rango entre los 12 y 17 grados.
En el caso de que la sala no llegue a la temperatura ideal el Decreto 548 señala que ésta “deberá lograrse mediante estrategias pasivas, de lo contrario, con sistemas de calefacción, que posean ductos de evacuación de gases al exterior y protecciones para evitar quemaduras”. Es decir, estufas o calefactores, suministrados por el sostenedor.
En caso de que los colegios no cumplan con esta normativa, los padres podrán acudir a la Superintendencia de Educación. En el caso de la región de O’Higgins puede visitar este enlace o llamar a:
Encargado de denuncias:
Pablo Núñez Córdoba
pablo.nunez@supereduc.cl
Fono: 72-2974376
Dirección: Calle Cuevas 199 local 1, esquina Almaza, Rancagua.
Horario de atención: 08:30 a 13:30 hrs.
Fuente: redohiggins.com
