
Cada año, en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre, los dueños de propiedades afectas a impuesto territorial deben cancelar las cuotas correspondientes al pago de contribuciones a los bienes raíces, tributo que se aplica sobre el avalúo fiscal de los inmuebles. El tercer pago correspondiente al presente año vencerá el 30 se septiembre.
Los montos recaudados por el pago de este impuesto se destinan a los fondos municipales, lo que permite la implementación de servicios que van en directo beneficio de la comunidad, como electrificación, salud, educación, mejoramientos viales, entre otros.
En el caso de las comunas con menos ingresos, el Fondo Común Municipal juega un papel clave en términos de equidad dado que, tal como lo define la Constitución Política en su artículo 122, es un “mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país”, que opera a través de mayores aportes de parte de las municipalidades con más recursos que ayudan a financiar la operación de aquellas que cuentan con una menor capacidad financiera.
Al respecto, el tesorero general (TyP), Hernán Frigolett señaló que “es importante que los contribuyentes recuerden que al momento de pagar este impuesto, están colaborando para la implementación de los distintos programas y políticas públicas que impulsa el Estado”. También recalcó que “para quienes se preguntan cómo pueden ayudar a aquellos lugares con menos recursos, cumplir a tiempo con la cancelación de este tributo, constituye una alternativa concreta para hacerlo”.
La Tesorería General, a través del portal de pagos www.tesoreria.cl pone a disposición de los contribuyentes diversos medios para la cancelación de este impuesto, entre ellos tarjetas de crédito, bancarias, débito y casas comerciales. De esta manera, quienes regularicen su situación podrán hacerlo sin necesidad de trasladarse hasta las oficinas, los 365 días del año, las 24 horas del día.
