Una multa de 1.812 UTM (aproximadamente $114.290.088) y otra de 1.856 UTM ($117.065.344) fueron aplicadas a la Agrícola Topocalma Limitada por parte del MOP-O’Higgins, en Litueche, por sendas infracciones al Código de Aguas.
La primera infracción fue el resultado de una fiscalización iniciada en febrero de 2022, que constató que la empresa incurrió una extracción no autorizada de aguas subterráneas y construcción de obras no autorizadas en cauce.
La segunda multa fue un nuevo proceso de fiscalización iniciado en junio del año pasado, en que la Agrícola realizó extracción de aguas desde el estero Topocalma sin autorización y construyó dos pretiles para acumularla sin el debido permiso de la DGA.
La extracción no autorizada de aguas subterráneas desde una captación tipo noria-dren, era con un caudal instantáneo de 21 litros por segundo. Asimismo, los fiscalizadores verificaron en los terrenos de la empresa, una obra de modificación de cauce no autorizada sobre el estero Topocalma, consistente en un pretil emplazado transversalmente, obstruyendo la totalidad del cauce.
Junto con las mediciones realizadas en el lugar, se efectuó un vuelo de dron registrando fotografías aéreas que sirvieron para completar la investigación. Los hallazgos fueron notificados en marzo de 2023 al representante legal de la empresa, la cual realizó sus descargos que fueron desestimados por no contar con derechos de aprovechamiento de agua en el lugar, ni autorización para obras de desvío de cauce. Agrava la situación que el acuífero intervenido está declarado en restricción desde mayo de 2011, en una región con decreto de zona de escasez desde agosto de 2021, y tomando en cuenta impactos no previstos en el Santuario de la Naturaleza Punta del Viento y Humedal Topocalma, sector que está bajo protección del Estado.
Cabe destacar, que los antecedentes de la primera y segunda fiscalización fueron remitidos a la Fiscalía Local de Pichilemu, para investigar y sancionar un eventual delito de usurpación de aguas e igualmente al Juzgado de Letras de Litueche, a la SEREMI de Medio Ambiente, municipalidad de Litueche y al Consejo de Defensa del Estado, puesto que las obras de modificación de cauce fueron ejecutadas en un bien nacional de uso público y que eventualmente impactan la preservación ecosistémica del Santuario de la Naturaleza Punta del Viento y del humedal Topocalma.
La empresa tiene 30 días para deshabilitar las obras ilegales.
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El Tipografo

