“El 31 de diciembre del 2017 vence el plazo para transferir la calidad de sostenedor a una entidad sin fines de lucro, pero para pasar a gratuidad no hay plazo, sino la condición de que el copago haya sido sustituido por subvenciones y aportes del Estado”. Así lo indicó el seremi de Educación, Hernán Castro, a objeto de clarificar las fechas y procesos respecto al financiamiento en establecimientos educacionales.
Asimismo, Castro hace un llamado a los sostenedores a revisar las condiciones de gratuidad, “ya que el copago será sustituido por subvenciones y aportes del Estado, los cuales en muchos casos vienen a cubrir íntegramente o bien a aportar más recursos de los que actualmente los colegios reciben por concepto de copago. Es fundamental que los sostenedores puedan integrarse a la gratuidad, ya que su responsabilidad social, que no cabe duda la cumplen, se verá acrecentada al entregar una educación gratuita y de calidad”.
Cabe recordar que, gracias a la Ley de Inclusión, una iniciativa de la Reforma Educacional, 852 establecimientos del país dejaron este año de cobrar derechos de escolaridad a sus estudiantes, y de ellos, 42 correspondieron a la región de O’Higgins. “Estos establecimientos renunciaron al copago, y gracias a ello, cerca de 300 mil familias ya no pagan derechos por la educación de sus hijos e hijas”, dijo la autoridad de educación.
Asimismo, el Secretario Regional de Educación indicó que “de acuerdo a la normativa vigente, los colegios y liceos reconocidos oficialmente por el Estado pueden optar al financiamiento estatal o bien financiarse autónomamente, que es el caso de los particulares pagados. Además, aquellos que se encuentran acogidos al régimen de financiamiento compartido, de acuerdo a la Ley N° 20.845, podrán optar por abandonar dicho régimen para percibir la subvención a la educación gratuita o convertirse a particular pagado, cumpliendo ciertos requisitos y plazos”.
En el caso de establecimientos con régimen de financiamiento compartido, pueden optar por financiamiento Gratuito o Particular Pagado. Si es a gratuito, la solicitud para el 2017 tiene que estar presentada a más tardar el 31 de diciembre de este año. Para el año 2018, puede presentarse dentro de todo el año 2017 en la Seremi de Educación.
En el caso de los establecimientos gratuitos que pasen a particular pagado, su cambio de financiamiento implicaría su salida del sistema subvencionado. Ellos deberán comunicar por escrito (no por vía electrónica) a los padres, madres o apoderados y a la comunidad educativa del establecimiento al inicio del año escolar anterior (marzo) a aquel en que dejará de percibir subvención.
